Ir al contenido principal

Dentro de la ley todo...


Dentro de la ley todo, fuera de la ley nada, afirma la máxima justicialista tan poco recordada por los que en nombre del General han logrado encumbrarse en los cargos más importantes de nuestra comunidad, también es cierto que –como nunca- ha adquirido vigencia la afirmación de que existen tres formas de interpretar la ley, la legal, la ilegal y la del gobierno.

Y esta reflexión viene a propósito de un tema ampliamente debatido en la comunidad y que aún hoy se encuentra pendiente de resolución y es el hecho de determinar si corresponde o no la devolución de los impuestos que el municipio cobró con un aumento que -si bien fue aprobado legalmente- el mismo municipio reconoció que no era legitimo e impulsó una ordenanza determinado su derogación. Ahora bien, lo que no resolvió el municipio –argumentando que no correspondía legalmente- es la devolución de la plata a los vecinos que habían pagado con el aumento posteriormente derogado.

En este sentido nos parece oportuno recordar que los municipios en Santa Cruz deben ajustarse –en lo que a materia contable se refiere- a lo establecido en la Acordada 54 aprobada por el Tribunal de Cuentas la Provincia el que estableció el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para regir en las Municipalidades y Comisiones de Fomento a partir del día 1 de noviembre de 1962 y en dicho régimen establece un capitulo en el que señala cual es comportamiento que los Municipios deben adoptar frente a esta situación, señalando textualmente:

DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS:
ARTICULO 58º: Si hubiere que devolver al contribuyente algún impuesto mal cobrado, recibida la solicitud y previo los trámites e informaciones correspondientes, se hará una "Orden de Devolución", encargándose de la rama del Impuesto, respectivo la cantidad que se devuelve.-
Cuando las devoluciones se refieran a impuestos percibidos en ejercicios vencidos, el egreso se imputará a una cuenta especial de "Devolución de Impuestos", a la que se le asignará el crédito necesario mediante la provisión de recursos de Saldo del Ejercicio anterior, previa aprobación del Concejo Deliberante, si no existiese tal Saldo, se descargará del rubro de Impuestos de Años Anteriores o Recursos de Años Anteriores que figure en el Cálculo del Ejercicio vigente.-
ARTICULO 59º: En toda "Orden de Devolución" deberá constar: 1) A favor de quien se expide.
2) Suma a pagar en letras y números.
3) Nombre de la rama de Impuesto a la que se impute.
4) Número y fecha.
5) Firma del Intendente, Secretario y el Interviniente de Contador (Modelo Nº 11).- A esa orden debe agregarse la solicitud presentada por el contribuyente, el recibo del impuesto cuya devolución se solicita y el expediente formado para dicho trámite.

Esta es la letra de la ley a la que tendríamos que ajustarnos, no sabemos aun que van decidir nuestros concejales, si ajustarse a ella o continuar intentando aplicar los caprichos de Méndez. Lo que si sabemos es que cualquier vecino que necesite de su plata o que considere genuino ejercer su derecho a que se le devuelva lo mal cobrado, podrá recurrir a la justicia y exigir no solo la devolución sino el pago de los intereses que la Municipalidad cobra al tener depositada esa platas en un plazo fijo.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

No ser

Llegué a la escritura motivado por una búsqueda, en principio inconsciente, que se corporizó en mí cuando empecé a tener noción de lo que representaba el haber nacido en un campamento petrolero. Un lugar que, a la vez, era ningún lugar; un hábitat en el que, el único rasgo permanente, estaba conformado por lo provisorio. De hecho, mi permanencia en Cañadón Seco, duró lo que pudo haber durado la convalecencia posparto de mi madre.  La imagino a ella llevándome en brazos, en el transporte de Mottino y Acuña, mezclada entre los obreros que regresaban a Caleta Olivia.  Apenas unas horas de vida tenía y ya formaba parte de un colectivo. Un colectivo de obreros, llegados de todos lados buscando el amparo de eso que se erguía como una sigla que, en ese tiempo, todo lo podía: YPF. —Nacido en Cañadón Seco —decía cuando me preguntaban— y criado en Caleta Olivia —agregaba en el intento de transmitir alguna certeza acerca de mi origen. Empecé a pensar en esto cuando me vine a vivir ...

Encuentro

Estaba sentado en la confitería de la terminal. Lo reconocí, aunque no había leído hasta ese momento ninguno de sus libros. Era Peña, el escritor, Héctor Rodolfo “Lobo” Peña. Había escuchado hablar de él, de sus premios y de la Trágica gaviota patagónica, su libro más mentado. Nos saludamos con un ligero movimiento de cabeza y, sin decir nada, seguí con mis cosas. Pasaron más de veinte años de ese momento. Peña ya no está entre nosotros. A mí me quedó la imagen solitaria, como ensimismada, de él, sentado en la confitería; y me quedaron sus libros, los que, a medida que fui leyendo, fueron incrementando mi entusiasmo por su producción literaria. Incursionó en todos los géneros y en todos lo hizo con la misma vocación: la de ser fiel a su estilo. Los pájaros del lago fue el primero que leí. La trama tiene todos los condimentos de thriller. La historia me atrapó desde la primera página. Ambientada en la zona del Lago Argentino, los personajes y los lugares en los que acontecían los he...